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 ¿Qué pasa si aparece un heredero después de haber iniciado la sucesión?

¿Qué pasa si aparece un heredero después de haber iniciado la sucesión?

Una sucesión puede parecer cerrada, ordenada y resuelta… hasta que aparece alguien que reclama su lugar como heredero. ¿Es posible? ¿Qué dice la ley argentina si esto ocurre? ¿Se puede modificar lo ya hecho?

¿Puede un heredero presentarse "tarde"?

Sí. En Argentina, la acción para reclamar la calidad de heredero no prescribe mientras la sucesión esté abierta. Y aunque ya se haya dictado la declaratoria de herederos, el expediente puede reabrirse si aparece alguien que acredita vínculo con el causante (la persona fallecida).

Esto puede ocurrir, por ejemplo, si:

  1. Hay un hijo extramatrimonial que no fue reconocido inicialmente,
  2. Se descubre un testamento válido,
  3. Se desconocía la existencia del heredero por falta de contacto o información.

¿Qué puede hacer el juez?

El juez puede:

  • Admitir la presentación del nuevo heredero,
  • Modificar la declaratoria de herederos, incorporándolo,
  • Ordenar un nuevo estado de indivisión hereditaria, y si ya se distribuyeron los bienes, solicitar su partición nuevamente.

En algunos casos, el nuevo heredero tiene derecho a reclamar su porción legítima directamente a los coherederos si los bienes ya fueron divididos.

¿Y si ya se vendió una propiedad?

Según el Código Civil y Comercial argentino, si un inmueble se vendió luego de la sucesión y el comprador actuó de buena fe, la operación no se anula.

El nuevo heredero no puede reclamar al comprador, pero sí puede hacerlo contra los coherederos que recibieron su parte indebidamente, para obtener la compensación que le corresponde.

¿Se puede evitar este tipo de situaciones?

No siempre, pero se puede minimizar el riesgo. ¿Cómo?

Haciendo un relevamiento completo del grupo familiar antes de iniciar la sucesión,


Solicitando informes registrales y testamentos,

Declarando correctamente todos los vínculos conocidos,

Y asesorándote con profesionales que trabajen con seriedad.


En resumen:

  • Un heredero puede aparecer después de iniciada o incluso terminada la sucesión.
  • El expediente puede reabrirse y modificarse la declaratoria de herederos.
  • Si los bienes ya se vendieron, el heredero tiene derecho a ser compensado, pero la venta no se anula si hubo buena fe.
  • Lo ideal es contar con asesoramiento jurídico desde el inicio para evitar conflictos posteriores

Una sucesión puede parecer cerrada, ordenada y resuelta… hasta que aparece alguien que reclama su lugar como heredero. ¿Es posible? ¿Qué dice la ley argentina si esto ocurre? ¿Se puede modificar lo ya hecho?

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